¿Cómo cobrar por implementar el SG-SST?

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A raíz del avance de Seguridad y Salud en el Trabajo en Colombia, la normatividad ha tenido grandes cambios y por lo tanto se han estandarizado procesos, con el fin de tener un efectivo funcionamiento en cuanto al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. Esto grandes cambios han influido a la actualización de todos los Técnicos, Tecnólogos, Profesionales y Especialistas de Seguridad y Salud en el Trabajo, donde se ha generado la necesidad de cambiar prácticas en cuanto al desarrollo de la Seguridad y Salud en el Trabajo en las Compañías.

Anteriormente en Colombia el manejo de la Seguridad y Salud en el Trabajo, se marcaban por el desarrollo del Programa de Salud Ocupacional, donde realmente su manejo era documental, y era un archivo que nadie revisaba, por lo tanto a través del Decreto 1443 de 2014, obliga a todas las empresas a implementar un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, donde se obliga hacer un reconocimiento permanente de las condiciones de trabajo, generando planes de acción para la mejora.

Hay que dejar claro, que la Implementación de un buen Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, es la ejecución efectiva frente a las planeaciones estructuradas de acuerdo a los resultados de las evaluaciones de Seguridad y Salud en el Trabajo, teniendo en cuenta, que las personas líderes del proceso debemos dejar la rutina del famoso “copypaste, donde debemos asumir técnicamente la estructura y el desarrollo de los documentos, guías, procedimientos, protocolos, programas, etc, de acuerdo a varios aspectos de la empresa o compañía. Debemos tener presente que las condiciones de cada empresa son totalmente diferentes, por lo tanto la documentación que se estructure en cuenta al SG-SST, es una y exclusiva de la empresa.


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Para darle un buen manejo a los cobros para la implementación del SG-SST y no dañar el mercado, debemos tener en cuenta los siguientes aspectos:

1. ASPECTOS EMPRESA CLIENTE:

    • Actividad Económica.
    • Clase de Riesgo.
    • Número de trabajadores.
    • Sedes.
    • Manejo de Contratistas y/o Subcontratistas.
    • Cumplimiento a requisitos Contractuales.
    • Proyectos adicionales.

2. EVALUACIÓN INICIAL DEL SG-SST

La Evaluación inicial del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo al Artículo 16 del Decreto 1443 de 2014, se debe realizar con el fin de identificar las prioridades, para establecer el Plan de Trabajo anual o para la actualización del existente.


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Cuando uno establece las prioridades de acuerdo a la identificación, se generan unos objetivos claros y coherentes en cuanto al SG-SST, y por lo tanto nuestra planeación nos puede dar un promedio de tiempos y actividades a desarrollar, y de esa manera podemos identificar el tiempo promedio real de la Implementación del SG-SST, cumplimiento normativo, desarrollos técnicos y costos adicionales.

3. REQUERIMIENTOS SERVICIO:

– Asesoría.
– Consultoría.
– Implementación.
– Auditoria.

4. TIEMPOS Y PLAZOS:

Se debe analizar el número de trabajadores, para verificar los plazos establecidos en el Decreto 1443 del 31 de julio 2014, Artículo 37:

A) 18 meses para las empresas de menos de 10 trabajadores.
B) 24 meses para las empresas con 10 a 200 trabajadores.
C) 30 meses para las empresas de 201 o más trabajadores.

Y no comprometerse y asumir responsabilidades técnico, comerciales y legales en los tiempos de entrega, los Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo nunca se implementaran en pocos meses. Por eso es muy importante la evaluación y planeación del SG-SST.

5. MANEJO DE PAGOS

– Horas
– Mensualidades
– Valor total Proyecto.

Recuerden queridos colegas, no arriesguen la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo por dinero mal pago, porque la cárcel y el dinero nunca nos va devolver el conocimiento, la experiencia y la Licencia.

“Entre mayor es el trabajo y la Responsabilidad, mayor es el Costo”

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