Juez ordena a agencia de la ONU pagar prestaciones

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Exfuncionaria de Oficina contra Drogas y el Delito demostró la existencia de un contrato laboral.

ElTiempo

El Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Bogotá ordenó hace algunas semanas embargar una de las cuentas del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (Pnud) y de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), en una cuantía de 280 millones de pesos. Según estableció EL TIEMPO, es una medida cautelar para garantizar el pago de un fallo que condenó a ambas agencias a reconocer prestaciones laborales a una exfuncionaria.

El caso ha causado revuelo porque la extrabajadora logró demostrar que existió un contrato laboral y no una simple prestación de servicios. De hecho, la juez Martha Gaitán ordenó el pago de vacaciones y prestaciones y una indemnización por el no pago de cesantías.


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Si bien la justicia colombiana reconoce que la ONU y sus agencias gozan de privilegios e inmunidades diplomáticas, es claro que “en materia laboral la inmunidad de jurisdicción no es aceptada”. De hecho, este diario ha revelado fallos similares contra embajadas. Pero la Corte Suprema conceptuó que la ONU no es una misión diplomática y envió el caso a la justicia laboral.

“Este fallo marca un precedente. Varios exfuncionarios estamos demandando por ese motivo”, aseguró una fuente. Y agregó que todos cumplen horario, reciben salario, prestan un servicio y están subordinados, requisitos que acreditan legalmente un contrato laboral.
La respuesta de la ONU

EL TIEMPO le consultó a la ONU sobre el caso y voceros aseguraron que en todas sus agencias, “en los distintos países donde se tiene presencia, las condiciones de contratación están armonizadas y especificadas en los contratos que se suscriben”.

Además, que frente a posibles desacuerdos, los contratos tienen cláusulas que ofrecen a las personas la posibilidad de someterse a un arbitraje, modalidad que existe para proteger a funcionarios de cualquier nacionalidad.


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Sobre el incumplimiento de normas laborales colombianas, dijeron que “los contratos son compatibles con lo previsto en el Acuerdo de Sede entre el Gobierno de Colombia y Pnud firmado en 1974, que está suscrito a la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de la ONU, del que Colombia es parte”. Pero dicho argumento no fue tenido en cuenta por la juez del caso.

Finalmente, sobre las nuevas demandas, dijeron que se resolverán por medio de los mecanismos establecidos para tal fin en los contratos.
Pero no dijeron si ya acataron la orden de pagar las prestaciones –lo consideran un asunto confidencial– ni qué harán con los procesos que se les vienen encima.

Unidad Investigativa
u.investigativa@eltiempo.com

http://m.eltiempo.com/politica/justicia/lio-laboral-en-agencia-de-la-onu-/14170446

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