Representante Fernando Ochoa solicita rectificación a RCN Radio y RCN TV

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130607rcn

Bogotá D.C.,  6 de junio de 2013

Señores
RODRIGO PARDO
Directorde Noticias RCN
VICKY DAVILA
Directora Noticiero de LA F.m.
Ciudad

                                                                       Ref. Rectificación de Información

Respetados señores:


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De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 20 de la Constitución Política de Colombia, solicito comedidamente la rectificación, en condiciones de equidad, de la información publicada en las páginas web http://www.canalrcnmsn.com[1]el día 05-06-2013 a las 6:02 pm,http://www.lafm.com.co[2] el día 06-06-13 a las 7:10 am, en donde se manifestó.

La insólita lista de viajes de representantes a la Cámara.

Noticias RCN obtuvo la información de todas las salidas que han hecho los representantes a la Cámara.

Son 240 viajes que, aunque se hacen llamar comisiones especiales, tienen propósitos tan insólitos como asistir a los premios Grammy en Las Vegas, conocer la industria del whisky en Escocia y visitar un empresa que produce plásticos en Bangkok.


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Los viajes son comisiones oficiales en las que los parlamentarios representan al Congreso, por eso cuesta entender que una de las salidas autorizadas sea para conocer los procesos de la industria del Whisky en Escocia. Allí estuvieron los representantes Eduardo Crissien Borrero y Felipe Fabián Orozco Vivas. (…)

Didier Burgos Ramírez y Gerardo Tamayo Tamayo estuvieron en China con el propósito de afianzar las relaciones con ese país. Para eso necesitaron dos semanas, del 12 al 25 de noviembre en 2011.

Otros viajes son los que hace la comisión séptima de la Cámara. Ellos salen en grupos de mínimo 10 congresistas. Es decir que ni siquiera puede haber sesiones porque no quedan los representantes suficientes para sesionar.

En 2012 viajaron a México, con una estadía de ocho días, 15 de los 19 congresistas que conforman la comisión (Lina María Barrera Rueda, Diela Viviana Benavides, Didier Burgos Ramírez, Holger Horacio Díaz Hernández, Gloria Stella Díaz Ortiz, Yolanda Duque Naranjo, Carlos Alberto Escobar Córdoba, José Bernardo Flórez Asprilla, Luis Fernando Ochoa Zuluaga, Marta Cecilia Ramírez Orrego, Rafael Romero Piñeros, Pablo Aristóbulo Sierra León, Juan Manuel Valdés Barcha, Víctor Raúl Yepes Flórez y Armando Antonio Zabarain).  

En Agosto viajaron a Chile diez representantes (Carlos Enrique Ávila Durán, Diela Viviana Benavides Solarte, Holger Horacio Díaz Hernández, Rafael Romero Piñeros, Víctor Raúl Yepes Flórez, Lina María Barrera Rueda, Didier Burgos Ramírez, Luis Fernando Ochoa Zuluaga, Juan Manuel Valdés Barcha y Fabio Raúl Amín Sáleme) de la misma comisión durante cinco días.

En noviembre estuvieron once representantes tres días en Buenos Aires (Diela Viviana Benavides Solarte, Holger Horacio Díaz Hernández, Luis Fernando Ochoa Zuluaga, Pablo Aristóbulo Sierra León, Fabio Raúl Amín Sáleme, David Barguil Assis, Didier Burgos Ramírez, José Bernardo Flórez Asprilla, Rafael Romero Piñeros, Juan Manuel Valdés Barcha y Hernando Padauí Álvarez). (…) ”(Negrillas y subrayas para destacar)

No entiendo como un medio de comunicación de tan alto reconocimiento y prestigio a nivel nacional e internacional como lo es RCN y su Directora del Noticiero de LA F.m. Vicky Dávila, tienen una persecución en mí contra. Soy una persona de una conducta moral intachable, mis actuaciones tanto personales como profesionales son realizadas bajo un completo acatamiento de la Constitución y la Ley, mi trabajo legislativo y político lo realizo siempre con la responsabilidad que me implica el representar a los Putumayenses.

Sobre su información errónea, me siento en todo mi derecho, al haber sido afectado en mi buen nombre, de aclararle a usted y a la opinión pública en general, lo siguiente:

De acuerdo con el artículo 41 numeral 8 de la Ley 5ª de 1992, la Mesa Directiva de la Cámara de Representantes ésta facultada para autorizar Comisiones Oficiales de Congresistas fuera de la sede del Congreso siempre que no impliquen utilización de dineros del erario público.

El viaje que realicé a Ciudad de México entre el 25 de febrero y el 4 de marzo de 2012, correspondió a mi asistencia al Seminario Internacional Universalización y Sostenibilidad: los retos de la protección social en América. Los gastos que se generaron para este viaje, fueron cubiertos en su totalidad con mis propios recursos económicos.

Mi asistencia a este viaje no generó para el Congreso de la República costo alguno, pues no hubo reconocimiento y pago de pasajes aéreos, así como tampoco de alojamiento, alimentación o viáticos, tal como consta en la Resolución MD No. 0478 del 08 de febrero de 2012.

No es cierto que viajé en Comisión Oficial a la ciudad de Buenos Aires del 21 al 23 de noviembre de 2012, pues mediante comunicación radicada en la Secretaría General de la Cámara de Representantes el día  14 de noviembre de ese mismo año, presenté mis agradecimientos por la invitación para asistir a la Segunda Reunión de Legisladores de Seguridad Social de Latinoamérica y manifesté que por razones personales me era imposible asistir a dicho evento.

Tampoco es cierto que viajé en Comisión Oficial a Chile del 20 al 24 de agosto de 2012, pues en el oficio radicado ante el Secretario General de la Cámara de Representantes el día 17 de agosto de ese mismo año, le manifesté que por razones personales me era imposible asistir y agradecí la gentil invitación para participar en el Curso Internacional de Modelos Previsionales y de Protección por Desempleo.

Es por ello, que se deja entrever que lo publicado por ustedes es una información mal intencionada dirigida a hacerme daño, afectando seriamente mi reputación pues al informar erróneamente al público acerca de unos viajes al exterior que nunca he realizado me deshonran, ponen en entredicho mi buen nombrey repercute negativamente tantoen mi imagen pública como congresista como en mi labor parlamentaria.

Para la Honorable Corte Constitucional[3]El buen nombre ha sido entendido por la jurisprudencia y por la doctrina como la reputación, o el concepto que de una persona tienen los demás y que se configura como derecho frente al detrimento que pueda sufrir como producto de expresiones ofensivas o injuriosas o informaciones falsas o tendenciosas. Este derecho de la personalidad es uno de los más valiosos elementos del patrimonio moral y social y un factor intrínseco de la dignidad humana que a cada persona debe ser reconocida tanto por el Estado, como por la sociedad. El derecho al buen nombre, como expresión de la reputación o la fama que tiene una persona, se lesiona por las informaciones falsas o erróneas que se difundan sin fundamento y que distorsionan el concepto público que se tiene del individuo.” (Negrillas y subrayas para destacar)

Así mismo, en la redacción de la nota periodística no se contextualiza de manera correcta a la opinión pública acerca del alcance legal que tiene la palabra “Comisión Oficial”, que puede ser entendida por la generalidad de las personas como si fuera una autorización del Congreso para que un parlamentario viaje al extranjero con todos los gastos pagos, lo cual es muy distinto a la realidad normativa contenida en la Ley 5ª de 1992, donde taxativamente cita:

“ARTÍCULO 41. ATRIBUCIONES. <Artículo modificado por el artículo 7 de la Ley 974 de 2005. Rige a partir del 19 de julio de 2006. El nuevo texto es el siguiente> Como órgano de orientación y dirección de la Cámara respectiva, cada Mesa Directiva cumplirá las siguientes funciones:(…)

8. Autorizar comisiones oficiales de Congresistas fuera de la sede del Congreso, siempre que no impliquen utilización de dineros del erario.”

Los medios de comunicación deben ser responsables a la hora de dar a conocer hechos noticiosos al público, no deben abusar de su poder dominante para expresar informaciones erróneas y/o falsas causando perjuicios, como ha ocurrido en mi caso.

De forma ligera y sin fundamentos, en sus notas periodísticas publicadas en las páginas web de noticias RCN y Noticiero de LA F.m, se hicieron graves acusaciones en mi contra, se vulneró mi buen nombre sin tener yo posibilidad alguna de rebatir lo dicho en estos medios noticiosos y dar mi punto de vista.

Por ello, los insto a que ustedes como periodistas serios verifiquen realmente la información antes de publicarla de manera ligera en los medios de comunicación, sin tomarse el trabajo de comprobar directamente con las personas a quienes nombran en sus notas acerca de la realidad de la situación que van a exponer.

Para dar una claridad absoluta y que no quede duda alguna acerca de mi correcto proceder, anexoa la presente solicitud de rectificación copia de los oficios dirigidos a la Secretaria General con las correspondientes excusas por mi inasistencia a los eventos programados en el extranjero (Buenos Aires y Chile).

Ahora bien, sobre el derecho a que la información emitida sea veraz e imparcial, la Honorable Corte Constitucional en Sentencia No. T-369 de septiembre tres (3) de mil novecientos noventa y tres (1993), con ponencia del Magistrado Antonio Barrera Carbonell, se ha pronunciado:

“El derecho a la información veraz e imparcial, o derecho a que la noticia o
comentario que se emite y se recibe sea exacto en sus hechos, ha sido
reconocido por esta Corte, como fundamental, a través de varias sentencias, entre otras, en la C-033, de febrero 8 de 1993 (M.P. Alejandro Martinez Caballero), pues la falta de veracidad o de imparcialidad en las informaciones produce daño en los núcleos esenciales de determinados derechos. (…) ”

 En la mencionada Sentencia,  se pronunció  la Corte Constitucional con respecto al derecho de rectificación, así:

“El derecho a la rectificación, es decir, a que se aclare la verdad en lo dicho
o hecho respecto a una persona natural o jurídica, cuando aquella se ha
tergiversado por error o malicia de otra persona, es un derecho constitucional fundamental, por el solo hecho de estar consagrado en el artículo 20 Capítulo I Titulo II de la Carta, el cual, por lo demás, garantiza que ella se haga en condiciones de equidad.

Para el evento de la rectificación, la equidad obra, cuando examinadas y 
estimadas todas las características y circunstancias propias del caso concreto, la aclaración que sobre los hechos se hace, permite concluir, dentro de un juicio espontáneo, que dicha rectificación ha sido eficaz y equitativa, esto es, que resultó ser un procedimiento adecuado para lograr el propósito perseguido, cual es, el de que se informe la verdad de los hechos y de esta forma, se protejan los derechos que con la información inexacta o errónea fueron lesionados u ofendidos.”

Por las anteriores consideraciones, en los términos de la Constitución Política y en virtud de los pronunciamientos jurisprudenciales de la Honorable Corte Constitucional, les solicito a ustedes quede forma inmediata procedan a concederme un espacio igual al de la noticia que fue emitida contraria a la realidad en la página web de Noticias RCN y del Noticiero de LA F.m., con la finalidad de dar a conocer a la opinión pública la realidad de los hechos que erróneamente fueron publicados y que vulneran mi derecho fundamental al buen nombre,  esto en aras de dar cumplimiento a la exigencia de las condiciones de equidad en la rectificación de la información.

Recibo notificaciones en la carrera 7 No 8 – 68 Edificio Nuevo del Congreso  Oficinas 540B – 541B Teléfonos 3824026 – 3823598.

Atentamente,                       
 
LUÍS FERNANDO OCHOA ZULUAGA
Representante a la Cámara
Departamento del Putumayo

Anexos:

1.- Oficio radicado el 17 de agosto de 2012 ante la Secretaría General de la Cámara de Representantes (Excusa viaje a Chile)

2.- Oficio radicado el 14 de noviembre de 2012 ante la Secretaría General de la Cámara de Representantes (Excusa viaje a Buenos Aires)

3.- Resolución MD No. 0478 del 08 de febrero de 2012.


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