Transporte de sustancias peligrosas: una responsabilidad

Publimayo

Vehículo de transporte de Materiales Peligrosos (MATPEL) por las vías del Putumayo.
En el Putumayo no se cumple con la normatividad de transporte de materiales peligrosos. Quien es la entidad encargada de hacer cumplir estas exigencias?

Ecologística

El transporte terrestre automotor de sustancias peligrosas en Colombia está regulado por el decreto 1609 del 31 de julio de 2002, que tiene por objeto establecer los requisitos técnicos y de seguridad para el manejo y transporte de mercancías peligrosas por carretera en vehículos automotores en todo el territorio nacional, con el fin de minimizar los riesgos, garantizar la seguridad y proteger la vida y el medio ambiente, de acuerdo con las definiciones y clasificaciones establecidas en la Norma Técnica Colombia NTC 1692 “Transporte de mercancías peligrosas. Clasificación, etiquetado y rotulado”.

A nivel mundial los diferentes medios de transporte tienen una normatividad asociadas, recomendaciones relativas a cada tipo de transporte o de respuesta a emergencias, en cada uno encontramos diferencias en los pictogramas o en la aplicación, los más comunes son: IATA-OACI (Asociación internacional de transporte aéreo y la organización de avisón civil internacional), RID (Reglamento relativo al transporte internacional por ferrocarril de mercancías peligrosas), IMDG (Código marítimo internacional de mercancías peligrosas), ADR (Acuerdo Europeo relativo al transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable), ADN (Acuerdo europeo sobre el transporte internacional de mercancías peligrosas por vías de navegación interior ), Libro naranja (relativas al transporte de mercancías peligrosas. Naciones Unidas), GRE (Guía de respuesta en caso de emergencias. Departamento de transporte de los Estados Unidos, Transporte de Canadá y Secretaría de Comunicaciones y Transportes de Méjico).

El TLC obliga a actualizarnos sobre el tema


Publimayo

Con la globalización y puesta en marcha de los tratados de libre comercio, TLC, se hace cada día más común la circulación en el territorio nacional de mercancías etiquetadas con pictogramas de varios sistemas, mas aún si han llegado por intermedio de transportes multimodales, estos pictogramas posiblemente declaren el mismo peligro pero su variación en formas y colores hace que se presenten dificultades para el almacenamiento, transporte, disposición final y atención de emergencias. Esta situación obliga a que el personal de logística esté permanentemente capacitado.

Los residuos peligrosos son el resultado final de un proceso, si presenta características de peligrosidad, deben ser gestionados según el decreto 4745 de 2005, siguiendo los lineamientos del decreto 1609 de 2002 en lo relativo a transporte, clasificación, rotulado y etiquetado.

La logística de residuos peligrosos debe conceptualizarse con una mirada interdisciplinaria, ya que se requiere de aportes de diferentes áreas del conocimiento para su gestión adecuada, segura y acorde con la normatividad.

El decreto 1609 de 2002 establece que para transportar mercancías peligrosas (entre ellas los residuos) se debe clasificar la carga en alguna de las nueve clases de peligrosidad y seguir los lineamientos de las normas técnicas colombianas para cada una de ellas.


Publimayo

De estas nueve clases, en Colombia tienen manejo especial las siguientes:

Explosivos: obedecerá a lo estipulado en los decretos 2535 de 1993 y 1809 de 1994, expedidos por el Ministerio de Defensa Nacional o las demás disposiciones que se emitan sobre el tema.

Gases: lo estipulado por la Comisión de Energía y Gas, CREG, y el ministerio de Minas y Energía.

Hidrocarburos: lo referente a almacenamiento, manejo, transporte y distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo, para estaciones de servicio, expedido por el ministerio de Minas y Energía.

Radioactivos: todo lo referente a la protección radiológica del conductor y reglamentación del ministerio de Minas y Energía; el Instituto de Investigación e Información Neocientífica, MineroAmbiental y Nuclear, Ingeominas y el Ministerio de Medio Ambiente o las entidades que hagan sus veces.

Residuos de riesgo biológico: obedecerá a la legislación que sobre el particular expida o haya expedido la autoridad ambiental, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, el Ministerio de Salud, el Consejo Nacional de Estupefacientes o las entidades que hagan sus veces.

Responsabilidad

Durante la manipulación de la carga para el transporte se incrementan los riesgos asociados, entendiendo el riesgo como el resultado de un peligro más una exposición, el aumento se debe entre otros a:

  • Manipulación de las sustancias durante el cargue, arrume y descargue.
  • Cambios de temperatura durante el recorrido.
  • Movimiento del vehículo por su tránsito normal, estado de las vías, topografía, etc.
  • Cambios en las condiciones de presión.
  • Contacto con otras sustancias por fugas o derrames durante el transporte.

Para todas las clases hay una serie de obligaciones generales relacionadas con documentación, rotulado, estado del vehículo, capacidades del conductor, equipos de contingencia y protección personal, etc. La vigilancia en el cumplimiento de estos requisitos es responsabilidad de toda la cadena logística la cual está conformada por: conductor, dueño del vehículo, empresa de transporte, remitente de la mercancía y destinatario de la misma.

La forma más práctica de garantizar el cumplimiento de la norma es mediante la utilización de listas de chequeo, estas permiten verificar en cada despacho las condiciones del vehículo, de la carga, del conductor, de los elementos de protección personal y documentación, acompañado de criterios de cumplimiento que permitan al encargado de la logística determinar si da despacho o no al vehículo, verificando además que la ubicación de los rombos y los número UN, esté acorde con la guía para transporte por carretera de sustancias químicas nocivas y residuos peligrosos establecida por el Ministerio de Medio Ambiente.

Lo que viene

Debería imponerse, dentro de lo posible, de un sistema de clasificación y etiquetado armonizado mundialmente, que contenga fichas de datos sobre la seguridad de distintos productos químicos y símbolos de fácil comprensión, pero en Colombia este es un proceso sobre el cual solo hasta ahora empezamos a tener conciencia y a tomar medidas de prevención control para evitar los efectos adversos que pueden provocar las malas prácticas en el transporte de sustancias y residuos peligrosos, no solo sobre la salud del personal implicado, sino a nivel de impactos negativos sobre el medio ambiente.
Esta premisa es adelantada por las Naciones Unidas, es el “Sistema globalmente armonizado de clasificación y etiquetado de productos químicos” (SGA).

El sistema tiene como objetivo clasificar sustancias y mezclas teniendo como parámetro tres grupos de peligros: ambientales, físicos y para la salud. Así como los elementos armonizados de comunicación del peligro, etiquetas y fichas de datos de seguridad (FDS).

Este sistema aplica para los envases de las sustancias, no para rotular el exterior de los vehículos. Las etiquetas incorporan elementos adicionales que permiten al consumidor final, trabajadores y organismos de emergencia, identificar fácilmente los riesgos a los cuales están expuestos.

Las etiquetas están compuestas por pictogramas, palabra de advertencia, indicación de peligro, consejos de prudencia, información complementaria del producto, identificación, datos del proveedor.
Si aplica para recomendaciones relativas al transporte, se añade el pictograma correspondiente. Los pictogramas utilizados por el SGA son los siguientes:

Conclusiones

Luego de diez años del decreto 1609 de 2002 nos encontramos en las carreteras vehículos mal rotulados o de forma inapropiada con evidencias de derrames, lo que indica que aún nos falta mucho conocimiento sobre el tema, capacitación, divulgación y lo más importote conciencia ambiental ya que es un típico que requiere de un equipo interdisciplinario para diseñar acciones que permitan la protección del medio ambiente y de las personas involucradas, partiendo desde el transportador, cuya responsabilidad no es exclusiva sino que debemos revisar toda la cadena logística, asegurando los procedimientos en casa instancia.

Los sistemas de rotulado de vehículos y etiquetado de mercancías obedecen a los lineamientos internacionales, a los cuales Colombia debe orientar sus políticas, más aún con los tratados de libre comercio que vienen en camino

Por Clara Inés Vásquez Londoño
Directora de proyectos de Ecologística


Publimayo

Deja un comentario